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El día cambiado, y el día de reposo preservado

POR ARCHIBALD A. HODGE




importancia del dia de el Senor

Diferentes naciones cristianas y diferentes denominaciones, y cada denominación en períodos diferentes de su historia, han albergado sentimientos muy diversos y seguido muy diversas costumbres con respecto a la observación del día de reposo semanal, así como también con respecto a toda otra ordenanza cristiana y deber práctico. A pesar de este hecho, sin embargo, todo el mundo cristiano histórico, católico y evangélico, ha estado siempre de acuerdo con respecto a la verdad de las siguientes proposiciones:

1. La institución del descanso del día de reposo por la naturaleza religiosa, moral y física del hombre, tal como esa naturaleza existe bajo las condiciones de su vida en este mundo.

2. En conformidad con este hecho, Dios instituyó el día de reposo en la creación del hombre, la separación del séptimo día para ese fin, e impuso su observancia como una obligación moral universal y perpetua sobre la raza.

3. Después de la resurrección de Cristo, en vez de abrogar una institución antigua e introducir una nueva, Dios, mediante sus instrumentos inspirados, perpetuó el día de reposo, reimponiéndolo a los cristianos con obligaciones añadidas y, cambiando el día del séptimo al primer día de la semana, enriqueciéndolo con un significado más nuevo y elevado

Esta declaración de la fe histórica de la totalidad de la Iglesia contradice las siguientes ideas falsas de sectores transitorios y pequeños:

1. Que el día de reposo era simplemente una institución judía, temporal en su adaptación y designio, y abrogada juntamente con todas las demás leyes especiales de aquella economía preparatoria, no dejando ningún sustituto divinamente establecido en su lugar.

2. Que el día del Señor es una institución cristiana nueva establecida por los apóstoles y obligatoria para los cristianos, pero en naturaleza y designio, espíritu y obligación, enteramente diferente del antiguo día de reposo inaugurado en la creación y reordenado en el Cuarto Mandamiento.

3. Que la observancia del séptimo día de la semana pertenece a la esencia de la institución sabática, y que la sustitución del primer día en su lugar, que ha predominado siempre en la Iglesia, se hizo sin la autoridad divina.

El objeto de este ensayo es simplemente declarar el fundamento sobre el que se apoya la fe universal de la Iglesia cuando, al tiempo que reconoce el Cuarto Mandamiento como una parte integral de la Ley moral suprema, universal e inalterable, asevera que el primer día de la semana —con este fin y por razones obvias— ha sustituido al séptimo por la autoridad de los apóstoles inspirados y, por tanto, de Cristo mismo.

1. Obsérvese que el día particular de la semana en que el día de reposo se ha de guardar, aunque fijado por razones reveladas por la voluntad de Dios en la creación, nunca fue, o pudo ser, parte de la esencia de la institución misma. El mandato de observar el día de reposo es esencialmente tan moral e inmutable como los mandates de abstenerse de robar, matar o adulterar. Tiene, como ellos, su base en la constitución y las relaciones universals y permanentes de la naturaleza humana. Se diseñó para cubrir las necesidades físicas, morales, espirituales y sociales de los hombres; para proporcionar un tiempo conveniente para la enseñanza pública moral y religiosa de la personas y la adoración privada y pública de Dios; y para proporcionar un período conveniente de descanso del desgaste del trabajo secular. Es, por tanto, parte de la esencia misma de la institución que una cierta proporción apropiada de tiempo —que tenga lugar regularmente y se observe en común por la comunidad de personas y naciones cristianas— se establezca y su observancia se haga obligatoria por la autoridad divina. Estos elementos esenciales se encuentran invariables bajo ambas dispensaciones.

El día de reposo, como divinamente ordenado en el Antiguo Testamento, es justamente lo que todos los hombres necesitan hoy. Se mandó que todos cesaran del trabajo mundano y santificaran el tiempo dedicándolo a la adoración de Dios y el bien de los hombres. Los cultos del Templo se redoblaban, y después se introdujeron las instrucciones y la adoración de la sinagoga. Se otorgó a la personas y a sus siervos y animales como un privilegio, y no como una carga (Deuteronomio 5:12-15). Era guardado siempre por los judíos, y después por los cristianos primitivos, como un festival, y no como un ayuno1.

En años posteriores fue, como todas las demás partes de la voluntad revelada de Dios, recubierto con adiciones e interpretaciones rabínicas, farisaicas y carnales. Cristo lo purificó de todas estas cosas como lo hizo con el resto de la Ley. Él vino para cumplir “toda justicia” y, por tanto, guardó el día de reposo religiosamente, y enseñó a sus discípulos, al tiempo que desatendía las glosas de los fariseos, para guardarlo en su sentido spiritual esencial como ordenado por Dios. Él declare (Marcos 2:27) que “el día de reposo se hizo para el hombre”, el genus homo, y, consiguientemente, es tanto obligatorio para todos los hombres en todos los tiempos como adaptado a la naturaleza y necesidades de todos los hombres en todas las condiciones históricas.

Por otra parte, es evidente que el día en particular apartado no es, en lo más mínimo, parte de la esencia de la institución, y que debe depender de la voluntad positive de Dios, que por supuesto puede sustituir un día por otro en ocasiones convenientes y por razones adecuadas.

2. La introducción de una nueva dispensación, en que un sistema nacional preparatorio y particular ha de ser reemplazado por otro permanente y universal, abrazando a todas las naciones hasta el fin del tiempo, es conveniente. La Ley moral —expresada en los Diez Mandamientos, escrita por el dedo de Dios sobre piedra, y puesto el fundamento de su trono entre los querubines y la condición de su pacto— debe permanecer. Por otra parte los tipos, las leyes civiles especiales de los judíos, y cualquier cosa que no sea esencial en el día de reposo o las otras instituciones permanentes, deben cambiarse.

3. El hecho asombroso de la resurrección del Señor Jesús el primer día de la semana constituye una razón evidentemente adecuada para establecer aquél en lugar del séptimo para ser el día de reposo cristiano. El Antiguo Testamento se introduce con un relato de la génesis del Cielo y la Tierra, y la antigua dispensación se basa en la relación con Dios como Creador del universo y con el hombre. El Nuevo Testamento se introduce con un relato de la génesis de Jesucristo, y revela al Creador encarnado como nuestro capitán, victorioso sobre el pecado y la muerte. El reconocimiento de Dios como Creador es común a todo sistema teísta; el reconocimiento de la resurrección del Dios encarnado es peculiar al cristianismo. El reconocimiento de Dios como Creador está implicado y conservado en el reconocimiento de la resurrección de Cristo, mientras el ultimo artículo de fe conlleva también el cuerpo entero de la esperanza y la fe y la vida cristianas. El hecho de la resurrección consuma el proceso de redención en lo que es objetivo para la Iglesia. Es la razón de nuestra fe, la base de nuestra esperanza, la prenda de nuestra salvación personal y del triunfo definitivo de nuestro Señor como Salvador del mundo. Es la piedra clave del cristianismo histórico y, consiguientemente, de todo teísmo vivo en el mundo civilizado.

El requisito espiritual de un apóstol era ser testigo ocular de la resurrección. Su doctrina se resumía como una predicación de “Jesús y la resurrección” (Hechos
1:22; 4:2; 17:18; 23:6; 24:21).

4. Durante su vida, Jesús había aseverado que era “Señor aun del día de reposo” (Marcos 2:28). Después de su resurrección, señaló el primer día de la semana, y no el séptimo, por su revelación. El día en que resucitó, apareció a sus discípulos en cinco ocasiones diferentes y, tras retirarse durante un intervalo, reapareció el siguiente “primer día de la semana”2, habiéndose reunido sus discípulos y estando Tomás con ellos: “Entonces, al atardecer de aquel día, el primero de la semana, y estando cerradas las puertas del lugar donde los discípulos se encontraban por miedo a los judíos, Jesús vino y se puso en medio de ellos, y les dijo: Paz a vosotros” (Juan 20:19). Puesto que el día de Pentecostés cayó aquel año en el “primer día de la semana”, los discípulos se encontraban reunidos por entendimiento mutuo. “Cuando llegó el día de Pentecostés, estaban todos juntos en un mismo lugar [...] Todos fueron llenos del Espíritu Santo, y comenzaron a hablar con otras lenguas, según el Espíritu les daba habilidad para expresarse” (Hechos 2:1-4); y el don prometido del Espíritu Santo descendió sobre ellos. El Señor, después de muchos años, se apareció a Juan en Patmos y le otorgó la gran revelación final en el “día del Señor”: “Yo estaba en el Espíritu en el día del Señor, y oí detrás de mí una gran voz, como sonido de trompeta” (Apocalipsis 1:10); lo cual todos los cristianos primitivos entendieron que significaba la fiesta semanal dedicada a la resurrección del Señor.

Hay evidencia plenamente documentada de que los miembros de todas las iglesias apostólicas tenían el hábito de reunirse en sus lugares respectivos en tiempos regulares con objeto de la adoración común (1 Corintios 11:17,20; 14:23-26; Hebreos 10:25). Que estas asambleas tenían lugar en el “primer día de la semana” es seguro por la acción de Pablo en Troas: “Nos embarcamos en Filipos después de los días de los panes sin levadura, y en cinco días llegamos adonde estaban ellos en Troas; y allí nos quedamos siete días. Y el primer día de la semana, cuando estábamos reunidos para partir el pan, Pablo les hablaba, pensando partir el día siguiente; y prolongó su discurso hasta la medianoche” (Hechos 20:6-12). Así también sus órdenes a las iglesias de Corinto y Galacia:
“Ahora bien, en cuanto a la ofrenda para los santos, haced también vosotros como instruí a las iglesias de Galacia. Que el primer día de la semana, cada uno de vosotros aparte y guarde, según haya prosperado, para que cuando yo vaya no se recojan entonces ofrendas” (1 Corintios 16:1,2). El cambio se había producido ciertamente entonces, como podemos encontrar mediante una cadena ininterrumpida y uniforme de testimonios desde el tiempo de los apóstoles hasta el presente. Los móviles para el cambio asignados por los Padres cristianos primitivos se sabe que operaron en los apóstoles, y son perfectamente congruentes con todo lo que consta de sus caracteres, vidas y doctrinas. El cambio, por tanto, tuvo la sanción de los apóstoles y, consiguientemente, la autoridad del propio “Señor del día de reposo”.

5. Desde el tiempo de Juan, quien fue el primero que dio a la institución su mejor y más sagrado título —“el día del Señor”—, hay una cadena ininterrumpida y sin excepciones de testimonios de que el “el primer día de la semana” se observó como el día cristiano de adoración y descanso. Desde hace mucho, la expresión “día de reposo” continuó siendo aplicada exclusivamente al séptimo día. Por costumbre, y en concordancia con los sentimientos naturales de los conversos judíos, los cristianos primitivos continuaron observando por mucho tiempo ambos días. Guardaban cada séptimo día exceptuando el día de reposo antes de la Pascua, cuando el Señor yació en la sepultura, como hacían cada primer día, como una fiesta. Después, por un tiempo, la Iglesia romana, en oposición al judaísmo, lo guardó como un ayuno. Celebraron servicios religiosos públicos en él. Pero el día ya no se consideraba sagrado; el trabajo no se suspendía nunca ni se prohibía legalmente. Por otra parte, cualquier tendencia a volver a su observancia Antigua como un día estrictamente santo, como sagrado en algún sentido, como se mantenía el primer día de la semana, fue desechada como un abandono de la libertad del Evangelio y un regreso al ceremonial de los judíos. Ignacio, Epístola a los Magnesios, cap. 9, y el Concilio de Laodicea, cánones 29, 49 y 101; 361 d.C. Ver Christian Antiquities (Antigüedades cristianas), de Bingham, vol. 2, libro 20, cap. 3.

Los cristianos primitivos llamaron a su propio día — para el que afirmaron preeminencia y obligación exclusiva— “el día del Señor”, “el primer día de la semana”, “el octavo día”, y en su comunicación con los paganos lo llamaron, como lo hemos hecho, en correspondencia con el uso secular antiguo, h tou Hliou Hhmera, “dies solis”, “domingo”. Una comparación de los pasajes en que estas designaciones son utilizadas por los cristianos primitivos asegura absolutamente que significan el mismo día, puesto que todas se definen como aplicadas al día después del día de reposo judío, o al día en que resucitó Cristo de entre los muertos.

Ignacio, un amigo inmediato de los apóstoles, martirizado en Roma no más de quince años después de la muerte de Juan, en su Epístola a los Magnesios, cap. 9, dice: “Los que ha llegado a poseer una esperanza nueva, no observando más el día de reposo (el séptimo día), sino viviendo en la observancia del día del Señor, en el que también nuestra vida ha brotado nuevamente, por Él y por su muerte”. Él llama el día del Señor “el rey y jefe de todos los días” (de la semana).

El autor de la Epístola de S. Bernabé, escribiendo poco antes, o al menos no mucho después, de la muerte del apóstol Juan, dice (cap. 15): “Celebramos el octavo día con regocijo, en el cual, también, Jesús resucitó de entre los muertos”.

Justino Mártir (140 d.C.), Apol. 1:67, dice: “En el día llamado domingo hay una asamblea de todos los que viven bien en ciudades o en distritos rurales, y se leen las memorias de los apóstoles y las escrituras de los profetas […] porque es el primer día en que Dios disipó las tinieblas y el estado original de las cosas, y formó el mundo, y porque Jesucristo nuestro Salvador resucitó de entre los muertos en él” (Diálogo con Trifon). “Por tanto, continúa siendo el principal y primero de los días”. El testimonio continúa uniforme e ininterrumpido; v. gr. Dionisio, el obispo de Corinto, citado por Eusebio; Ireneo, obispo de Lions (177 d.C.); Clemente de Alejandría (192 d.C.).

Tertuliano, escribiendo al final del siglo II, dice (De Orat, c. 23) que en el día del Señor, los cristianos, en honor de la resurrección del Señor […] deben evitar todo lo que cause ansiedad, y “diferir todo asunto mundano, para no dar lugar al diablo”. Atanasio (296-373) dice explícitamente que “el Señor transfirió la observancia sagrada (desde el día de reposo) al día del Señor”. Hom. De Semente op., t. 1, p. 1060.

El autor de los Sermones de Tempore (Aug. Hom. 251, De Tempore, t. 10, p. 307) dice: “Los apóstoles transfirieron la observancia del día de reposo al día del Señor y, por tanto, desde la tarde del día de reposo a la tarde del día del Señor, los hombres deben abstenerse de todo trabajo en el campo y negocio secular, y sólo asistir al culto divino”. En 321 d.C., cuatro años antes del Concilio de Nicea, Constantino, el primer emperador cristiano, publicó su famoso edicto ordenando que “todos los jueces, con la población civil, junto con los talleres de artesanos, debían descansar en el día venerable del Sol”, aunque permitiendo, como concesión a la hasta entonces imperfectamente cristianizada población rural, que se hiciera trabajo agrícola. Las leyes eclesiásticas y civiles que proveían para la santificación del día del Señor llegaron a ser más y más estrictas al tiempo que las comunidades europeas llegaban a ser más plenamente cristianas. El negocio secular, a menos que fuera necesario, y todo los espectáculos y juegos públicos, estaban prohibidos por leyes civiles3.

Los más altos oficiales cristianos y los más famosos maestros cristianos y los concilios eclesiásticos4 se unen para mandar que todos los cristianos asistan al culto público y que se abstengan de todas las diversiones y empleos mundanos en el día del Señor. En las ciudades tenían lugar cultos tanto matutinos como vespertinos (Christian Antiquities, Bingham, vol. 2, libro 20, cap. 2).

6. Con esta idea concuerda el testimonio de todo los grandes reformadores y todas las ramas históricas de la Iglesia cristiana moderna.

El catecismo del Concilio de Trento (parte 3, cap. 4, preguntas 7 y 14) asevera que el “día de reposo judío se cambió al día del Señor por los apóstoles”.

Pero los papistas arrogan para su Iglesia la posesión en perpetuidad de toda la autoridad normal que poseían los apóstoles inspirados. De ahí que pretendan que, como la Iglesia primitiva había alterado legítimamente aun un mandamiento del Decálogo, la Iglesia actual tiene un poder ilimitado para imponer obligaciones sobre los cristianos, y aun de alterar las leyes divinas. Para oponerse a esta fértil fuente de supersticiones, los reformadores fueron llevados a hablar inadvertidamente de la terminación del día de reposo impuesto por el Cuarto Mandamiento por limitación divina.

Con referencia a estas imprudentes declaraciones de los reformadores, que son citadas frecuentemente por los adversarios del día de reposo, es suficiente para el propósito actual decir: (1) Los reformadores, por grandes y excelentes que fueran, no eran sino hombres falibles, y sus opiniones particulares no tienen autoridad obligatoria sobre la Iglesia. (2) Lo maravilloso es que, en sus circunstancias, alcanzaron a tener ideas tan claras del significado de Palabra de Dios como lo hicieron, y que tuvieran tan pocas equivocaciones. (3) El sentido de sus diversas declaraciones sobre éstos y sobre todos los demás puntos ha de buscarse, por supuesto, en la debida consideración de los errores romanistas, teóricos y prácticos, a los que se enfrentaban. (4) Sus declaraciones negativas deben interpretarse dentro de los límites de sus declaraciones positivas, referidas en el siguiente párrafo. (5) La historia de la observancia del día de reposo en la Europa continental y sus efectos sobre la religión espiritual, siendo jueces los cristianos continentales mismos, refuta la ortodoxia de sus ideas, tanto en cuanto éstas diferían en cualquier grado de las de los fundadores de iglesias protestantes en Inglaterra y Escocia.

Por otra parte, es demostrable que sus principios esenciales y su práctica con respecto a la observancia del día de reposo son idénticos a los de las iglesias evangélicas modernas.

(1) Lutero, Calvino y los demás reformadores enseñaron que el día de reposo se ordenó para toda la raza humana en la creación.

(2) Que, en sus aspectos esenciales, estaba designado para ser de obligación perpetua y universal. Obras de Lutero, tomo 5, p. 22; Calvino, Génesis 2:3 y Éxodo 20:8; y sermón sobre Deuteronomio 5:

Dios, por tanto, primero descansó, luego bendijo este descanso, para que en todas las edades fuera sagrado entre los hombres. En otras palabras, consagró cada séptimo día para descansar, para que su propio ejemplo fuera una norma perpetua. El designio de la institución debe siempre guardarse en la memoria, pues Dios no mandó simplemente que los hombres guardaran una fiesta cada séptimo día, como si se deleitara en su indolencia, sino más bien que, siendo liberados de todos los demás asuntos, pudieran más fácilmente aplicar sus mentes al Creador del mundo […] El descanso espiritual es la mortificación de la carne, de modo que los hijos de Dios no vivan más para sí mismos o se complazcan en su propia inclinación. Tanto en cuanto el día de reposo era una figura de este descanso, digo yo, no era sino por un tiempo; pero en tanto en cuanto se mandó a los hombres desde el principio para que pudieran emplearse en la adoración a Dios, es correcto afirmar que debería continuar hasta el fin del mundo (Comentario sobre Génesis 2:3).

(3) Ellos observaron —e insistieron en el deber de todo cristiano de observar— el día del Señor absteniéndose de todos los asuntos y diversiones mundanos, y dedicando el tiempo a la adoración a Dios y la edificación mutua.

Sermón de Calvino sobre Deuteronomio 5: “Cuando las ventanas de nuestra tienda se cierran el día del Señor, cuando no viajamos según la moda y el orden communes de los hombres, esto es con el fin de que tuviéramos más libertad y tiempo libre para atender a lo que Dios manda”.

Sermón de Calvino sobre Deuteronomio 5: “Si empleamos el día del Señor para divertirnos, para juguetear, para ir a los juegos y pasatiempos, ¿será Dios honrado en esto? ¿No es una burla? ¿No es esto una profanación de su nombre?”

La opinión de John Knox se da en el primer Libro de Disciplina: “El día de reposo debe guardarse estrictamente”, etc. Véase también la homilía “Del lugar y tiempo de la oración” (Libro de Homilías de la Iglesia de Inglaterra).

(4) Ellos refirieron la base sobre la que se apoya la obligación de guardar los descansos del día de reposo a las ordenanzas originales de Dios en la creación y en el monte Sinaí: “Y si nosotros tenemos la misma necesidad que tenían los judíos, para cuyo remedio quiso el Señor instituir el sábado, nadie diga que la Ley del descanso sabático no tiene nada que ver con nosotros; pues quiso nuestro próvido y misericordioso Padre tener en cuenta y proveer a nuestra necesidad no menos que a la de los judíos […] Aunque los antiguos no han escogido el día del domingo para ponerlo en lugar del sábado sin razón alguna” (Calvino, Institución de la religión cristiana, libro II, cap. 8, § 32,34).

Beza, el discípulo y sucesor de Calvino, dice en el Comentario sobre Apocalipsis 1:10: “El séptimo día, habiendo permanecido desde la creación del mundo hasta la resurrección de Cristo, fue cambiado por los apóstoles, sin duda por dictado del Espíritu Santo, para que fuera el primer día del nuevo mundo”.

7. El cambio del día por parte de la Iglesia apostólica ha sido así probado por el testimonio histórico, al que mucho podría agregarse si el espacio lo permitiera, pero contra el cual no existe evidencia. Esto, así como también los pasajes arriba citados, prueban que el cambio fue efectuado por la autoridad de los apóstoles y, por tanto, por la autoridad de Cristo. Con los apóstoles que predican a “Jesús y la resurrección”, y que observan y establecen el primer día de la semana para cultos religiosos, Dios testificó “juntamente con ellos, tanto por señales como por prodigios, y por diversos milagros, y por dones del Espíritu Santo” (Hebreos 2:4). Siempre, desde el gran día pentecostal del Señor, este día ha sido observado por el verdadero pueblo de Dios y bendecido por el Espíritu Santo. Se ha reconocido y benévolamente utilizado como un medio esencial y preeminente para edificar el Reino de Cristo y efectuar la salvación de su simiente. Y este reconocimiento divino ha estado, en cada época y nación, en proporción directa a la consagración fiel del día a su propósito espiritual. No es possible que o bien un culto voluntario supersticioso o una equivocación ignorante fuese coronada con los sellos uniformes y discriminadores de la aprobación divina durante 1800 años.

Si alguien afirmara que, si bien hemos probado ciertamente un día del Señor cristiano, instituido por los apóstoles y benévolamente aceptado por Dios, no obstante no hemos probado que el día de reposo del Cuarto Mandamiento permanezca en vigor bajo un cambio de día, respondemos:

1. El Cuarto Mandamiento es una parte inseparable del Decálogo, que era el fundamento del trono de Dios y la base de su pacto con su Iglesia. Esta Ley es totalmente moral (exceptuando el mero elemento del día particular en el Cuarto Mandamiento), y en vez de ser abrogada fue ampliada y reforzada con nuevo hincapié por Cristo (Mateo 5:17). Y por un instinto, tan universal como verdadero, se ha incorporado en la confesiones, catecismos y liturgias de cada Iglesia histórica de la cristiandad.

2. La verdadera interpretación permanente de la ley del día de reposo se ha de encontrar, no en las glosas de los fariseos y rabinos, sino en el ejemplo y la doctrina de Cristo, quien restauró la verdadera regla y utilización de la institución original para la enseñanza de la Iglesia en todo tiempo. Todo los reformadores están de acuerdo en que el día del Señor es de obligación y utilización perpetua en el sentido de la versión que hace Cristo del día de reposo.

3. Las razones para el día de reposo original tuvieron su base en la condición y naturaleza universales del hombre. Son idénticas a las razones para la institución apostólica del día del Señor. La función de esta última en la Iglesia cristiana es idéntica a la de la anterior en la Iglesia judía. El gran Autor y Dispensador de los planes de la providencia y la gracia, durante ambas dispensaciones, es el mismo Dios inmutable. Las dos dispensaciones no forman sino dos partes de un sistema armonioso. Parece evidente, por tanto, que una institución que tiene propósitos y relaciones inmutables, decretadas en la creación, decretadas de nuevo con una santidad adicional en el Sinaí, y decretada de nuevo con asociaciones y obligaciones adicionales por los apóstoles, debe de ser la misma institución, a pesar del mero cambio de día.





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Publicado originalmente bajo los títulos:
A Day to Keep (extracto del libro Knots Untied)
y The Day Changed and the Sabbath Preserved
Primera edición en español: 2004
© Publicaciones Aquila (RBCNB), 2004 para la
versión española
Las citas bíblicas están tomadas de la BIBLIA DE LAS AMÉRICAS.
Copyright © 1986, 1995, 1997 por The Lockman Foundation. Usadas
con permiso
ISBN: 1-932481-02-8
Depósito legal: B - 1.366 - 2.004
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